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Facturar sin ser autónomo

Existe un vacío legal en la administración que permite facturar sin estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

En los últimos meses han pululado por las redes sociales numerosos artículos sobre cómo facturar sin estar dado de alta de autónomos. Más allá de si se puede o no se puede, hay que entrar a valorar la legalidad de la cuestión. Por poderse, se puede, pero orbita alrededor el peligro de sanción por parte de la administración. 

Primero de todo, hay que inscribirse en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores. Es gratis y obligatorio si vas a facturar sin pagar la cuota de autónomos, ya que de no hacerlo sí se estaría incurriendo en un delito. Con ello ya se podría llevar a cabo la trimestral del IVA e IRPF, y declarar los gastos como si de un autónomo regular se tratara. Pero esto no significa que sea legal, sino que es fruto de un vacío en el sistema. La ley es clara: cualquier persona que realice un trabajo habitual y lucrativo, y no esté contratada, tiene que estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Se dice que esta fórmula es viable siempre y cuando la cantidad de ingresos no supere el salario mínimo interprofesional (alrededor de 9.080 euros anuales), pero lo cierto es que si Hacienda se percata de ello puede sancionar, aunque no suele si cumples estas dos normas básicas, pero por ley puede o, incluso, debe hacerlo. Queda a disposición de cada uno el querer correr “solo ante el peligro”.

“No significa que sea legal, sino que es fruto de un vacío en el sistema»

Cooperativas de trabajo asociado

Una fórmula que sí es totalmente legal y que exime de cualquier riesgo con Hacienda, son las asociaciones o cooperativas de trabajo asociado como Factoo o Freelance SCM. Hay que hacerse socio y ellos se encargan de todo el papeleo y trámites. Son todo ventajas, pues la persona está dada de alta en la Seguridad Social, tiene derecho a prestación por desempleo, a baja por enfermedad y tributa para la jubilación. Eso sí, cobran una pequeña comisión por todas las molestias. Además, se encarga de cobrar la factura descontando impuestos y costes, y paga en forma de nómina. Y lo mejor es que liberan a los freelance de las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF que siempre es engorroso.

Tarifa Plana

Claro está que lo idóneo es darse de alta como autónomo, ser tu propio jefe, crear tu propia empresa y así se deja de jugar al gato y al ratón con Hacienda. En este sentido, sí, es caro y está pensado para personas que desde un inicio tengan disponibilidad económica o un volumen de trabajo alto. Es una inversión a medio y largo plazo. Pero desde hace unos años existe una Tarifa Plana que, cumpliendo una serie de requisitos, reduce a 50 euros la cuota mensual de autónomos de forma temporal, exactamente, durante el primer semestre de la actividad. En el segundo semestre se reduce en un 50% y en el tercero, en un 30%.

Nueva Ley de Autónomos

Existe una nueva propuesta aprobada para la reforma de la Ley de Autónomos de finales de noviembre de 2016, cuyas nuevas pretensiones de mejora son la ampliación de seis meses a un año la Tarifa Plana de los 50 euros, el ajuste de los ingresos al pago de la cuota mensual o que incluso los que cobran menos del salario mínimo interprofesional queden exentos de pago. Pero es una propuesta que hay que ver si en los próximos años llega a aprobarse. Si se tiene una buena idea de negocio, quizá lo mejor es comenzar con un empujón de la mano de las cooperativas de trabajo asociado, e ir cogiendo velocidad hasta alcanzar el volumen de trabajo que permite darse de alta como autónomo. Es difícil, pero no imposible, y ahora que parece que el medio audiovisual se está dinamizando de nuevo, quizá sea el mejor momento para probar suerte y emprender un negocio.

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